Opción Obrera es la sección venezolana de la CRCI (Coordinadora por la Refundación de la IV Internacional)

Propulsamos el desarrollo de una política proletaria al seno de los trabajadores tras su independencia de clase y una organización de lucha para su liberación de la explotación e instaurar El Gobierno de los Trabajadores, primer paso hacia el socialismo.

Ante la bancarrota capitalista mundial nuestra propuesta es que:


¡¡LOS CAPITALISTAS DEBEN PAGAR LA CRISIS!
¡LOS TRABAJADORES DEBEN TOMAR EL PODER!



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jueves, 19 de julio de 2012

La lucha de los trabajadores de Domínguez y Cía.


Prensa Opción Obrera 23 Julio - Agosto 2012

La lucha de los trabajadores de Domínguez & Cía.
planta Los Guayos, Carabobo

Esta semana que terminó el viernes 06/07/12 no se pagó la nómina a un grupo de trabajadores; según la empresa debido a la baja producción, cuestión totalmente violatoria de la relación contractual y de la ley.

Dominguez & Cia ubicada en Los Guayos, estado Carabobo, fabrica envases para alimentos como sardinas y atún que le vende a las enlatadoras Avecaisa y La Gaviota.

Los trabajadores vienen dando una larga lucha ante la violación sistemática del contrato colectivo por parte de la empresa en cuanto al pago del descanso convencional; igualmente el convenio hecho entre empresa y sindicato de la prolongación de la jornada nocturna la cual debe ser pagada como hora extra nocturna y la empresa la paga como diurna (acta convenio sindicato y empresa); también el convenio del pago del tiempo de viaje el cual se le descuenta al trabajador al llegar después de la hora, esto de manera ilegal porque la ley no establece tal descuento; la forma de calcular el bono nocturno el cual se distribuye entre los 7 días de la semana, esta es una mala práctica usada por la empresa para desmejorar los promedios del trabajador puesto que cuando necesitamos calcular el pago de horas extras trabajadas en días hábiles de lunes a viernes perdemos el porcentaje de bono nocturno de sábado y domingo, siempre lo hemos dicho el bono nocturno debe ser calculado en razón de los días hábiles para la jornada de trabajo!!!

En años anteriores en el primer turno se laboraba los sábados hasta las 2 de la tarde!!! Esta hora de más se la deben al trabajador!!! Las vacaciones por contrato colectivo eran pagadas una parte a salario básico y la otra parte a salario promedio cuando la ley dice que el pago de las vacaciones es a promedio!!! También nos deben los promedios de estos pagos!!! Además en los recibos de pago del mes de Julio del año 2006 hacia atrás no aparece el concepto de Domingo como descanso obligatorio, no nos pagaban el descanso legal obligatorio!!!!!! También nos deben estos promedios!!!

El art. 535 de la LOTTT establece: “El patrono incurso o patrona incursa en hechos o actos de SIMULACION O FRAUDE, con el propósito de desvirtuar, DESCONOCER U OBSTACULIZAR LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACION LABORAL SE LE IMPONDRA UNA MULTA no menor del equivalente de 120 unidades tributarias, ni mayor del equivalente a 360 unidades tributarias”.

DOMINGUEZ & CIA NOS DEBE MUCHO REAL, NO SÓLO ES EL SABADO CONVENCIONAL
TODO ESTO LO VAMOS A COBRAR

Trabajadores Clasistas de DOMINGUEZ & CIA, Los Guayos

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